Por unos criterios justos en las autorizaciones de plantaciones de viñedo

 

 

 

¡Las viñas para quienes las trabajamos!

 

El Régimen de Autorizaciones de Plantaciones de Viñedo ha sido criticado por las Uniones de COAG desde sus inicios y hasta el día de hoy. Como representantes de agricultores y ganaderos profesionales y de la explotación familiar agraria, siempre hemos defendido que son este tipo de explotaciones las que se deben de apoyar en mayor medida por la Administración.

En el primer reparto de estas nuevas plantaciones, el primer grupo considerado por el Ministerio como prioritario (jóvenes nuevos viticultores) se ha llevado todas las hectáreas disponibles para la DOC Rioja, ya que el número de solicitantes en este grupo era muy grande, bastante más que en ninguna otra región. El problema reside en que la mayoría de estos solicitantes han sido jóvenes ajenos al sector, que no son agricultores ni lo van a ser nunca. Además, este reparto se hace en proporción de las hectáreas solicitadas, sin establecer un límite y permitiendo que a un solo solicitante se le conceda nuevas plantaciones con una superficie superior a la de una explotación media.

Nuestro objetivo es conseguir que para los próximos repartos de nuevas plantaciones de viñedo tengan prioridad los agricultores profesionales o los que vayan a serlo verdaderamente en el futuro y se establezca un sistema más justo de reparto.

 

POR ELLO, pedimos:

 

EN REFERENCIA A LOS REQUISITOS A CUMPLIR POR LOS SOLICITANTES:

 

1.– QUE SE APLIQUE A NIVEL MINISTERIAL EL CRITERIO DE ADMISIBILIDAD RECOGIDO   POR LA REGLAMENTACIÓN EUROPEA DE QUE "EL SOLICITANTE TENGA LA CAPACIDAD Y COMPETENCIA PROFESIONALES ADECUADAS".

Que se incluya un requisito más para los solicitantes, “capacidad y competencia profesionales”:

– En el caso exclusivo de solicitantes que hayan tramitado a vayan a tramitar una solicitud de Primera Instalación deberían considerarse como válidos los compromisos de formación, siempre y cuando la plantación no se haga hasta tener esta formación y, por tanto, la capacidad y competencia profesionales adecuadas.

Para el resto de solicitantes: cinco años de experiencia demostrados con la vida laboral en el régimen de Autónomos por la Actividad Agraria, y complementar, en caso de menor experiencia, con cursos de formación demostrables (30 horas por cada año que falte). En ningún caso se pueden conceder plantaciones a personas que estén en situación de cobro de pensión de jubilación o incapacidad permanente.

 

2.– MAYOR RIGUROSIDAD EN LA DEFINICIÓN Y EN LA COMPROBACIÓN DE LOS REQUISITOS A CUMPLIR PARA SER JEFE DE EXPLOTACIÓN POR LOS JÓVENES SIN VIÑEDO.

Que el Ministerio elabore otras directrices más exhaustivas para este año 2017 y que defina con exactitud al Jefe de Explotación para que no se repitan las situaciones vividas en 2016. Se debe incluir la capacidad y competencia profesionales como ha quedado establecido en el punto 1º, y se debe ir bastante más allá de la definición de “titular de explotación” establecida en el artículo 2.4 de la Ley 19/1995. Se tienen que recoger de forma pormenorizada los documentos necesarios para comprobar este requisito.

A las autoridades competentes en las Comunidades Autónomas de la D.O.Ca. Rioja, sobre todo a la del Gobierno de La Rioja, les pedimos que sean exigentes y rigurosos con los documentos de acreditación de la figura de jefe de explotación, más aún si las directrices ministeriales no se cambian para 2017 y siguen vigentes las del 2016.

 

3.– QUE SE ESTABLEZCAN CONTROLES Y UN SEGUIMIENTO EN EL TIEMPO DE LAS CONDICIONES QUE SE DEBEN DE CUMPLIR PARA ACCEDER A LAS CONCESIONES: SER JEFE DE EXPLOTACIÓN Y DISPONIBILIDAD DE LAS PARCELAS SOLICITADAS.

Que se establezcan planes de control desde los diferentes organismos (Comunidades Autónomas y Ministerio) para el seguimiento de las autorizaciones de plantación desde su primera anualidad 2016 y siguientes. En caso de no cumplimiento de las condiciones por las que se las concedieron, que se proceda a la declaración del viñedo sin autorización (viñedo ilegal).

 

EN REFERENCIA A LOS CRITERIOS DE PRIORIDAD Y REPARTO DE LAS AUTORIZACIONES DE PLANTACIÓN:

 

4.– CAMBIO EN LOS CRITERIOS DE PRIORIDAD EN LA CONCESIÓN DE NUEVAS PLANTACIONES PARA QUE LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EXPLOTACIONES VITÍCOLAS PUEDAN AUMENTAR SU TAMAÑO Y VIABILIDAD.

– Prioridad para jóvenes “nuevos viticultores” que tengan presentada una solicitud de Primera Instalación acogida al PDR correspondiente a cada Comunidad Autónoma, y que sea aprobada antes de la plantación. También para los jóvenes menores de 40 años que cumplan lo indicado en los apartados 1º y 2º (ser jefe de explotación y demostrar la capacidad y competencia profesionales). Estos jóvenes tendrían 3 puntos más que el resto de solicitantes.

– Prioridad para “pequeños viticultores”. Entendiendo por pequeños viticultores aquellos agricultores profesionales con Explotación Prioritaria que tengan menos viñedo de una superficie determinada. El límite de superficie mínima será diferente para cada Comunidad Autónoma, en función de la media de superficie de un profesional de la viticultura. En Rioja proponemos que se consideren “pequeños viticultores” a quienes tengan inscritas menos de 10 hectáreas, y que no pasen de 15 hectáreas con la nueva concesión. Además, se debería establecer que no hayan reducido su explotación en los últimos años, para evitar disminuir la explotación antes de la solicitud. En el caso de Sociedades se consideraría pequeña explotación el establecido para las personas físicas por el número de socios que sean profesionales. Estos viticultores tendrían 2 puntos más que el resto de solicitantes, y si fueran jóvenes menores de 40 años, 3 puntos.

– El resto de “pequeños viticultores” que sean agricultores profesionales con alta en el Régimen de la Seguridad Social que les corresponda por su actividad agraria tendrán 1 punto más que el resto de solicitantes.

Resto de solicitantes: tendrán los mismos puntos que los establecidos actualmente en el R.D. 740/2015.

 

5.– ESTABLECER UN LÍMITE DE HECTÁREAS A CONCEDERPOR SOLICITANTE.

Que se traslade a la Comisión Europea (Consejo de la Unión Europea y Parlamento Europeo) la necesidad de limitar las hectáreas concedidas por solicitante, para que se proceda a la modificación reglamentaria necesaria.

 

SOBRE LA PROPUESTA DE RESOLUCIÓN DEL MINISTERIO, PARA EL RÉGIMEN DE AUTORIZACIONES DE PLANTACIONES DE VIÑEDO EN 2017:

 

6.– NO AL 1% DE CRECIMIENTO DE LA SUPERFICIE NACIONAL PARA ESTE AÑO 2017.

Nuestra Coordinadora estatal COAG ya defendió ante el Ministerio el 0,20% de crecimiento anual para este año 2017. Pedimos que se modifique la propuesta realizada por el Ministerio y establezca un porcentaje menor al 1% en base a todas las propuestas realizadas por el sector.

 

7.– LIMITACIÓN Y REGIONALIZACIÓN DE LAS CONCESIONES DE PLANTACIÓN DENTRO DE LA D.O.Ca. RIOJA.

Revisar las recomendaciones enviadas por la D.O.Ca. Rioja y la OIPVR al Ministerio sobre la limitación de nuevas plantaciones en el territorio de la D.O.Ca. Rioja para:

– Incluir la posible regionalización de las concesiones en función de la actual distribución territorial;

– Y para limitar por debajo del 1% de crecimiento anual de la superficie de viñedo mientras este reparto no mejore.

 

Manifiesto de la UAGR. Logroño, 27 de diciembre de 2016.

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