AVA-ASAJA critica la obligación en 2026 de registrar electrónicamente los tratamientos fitosanitarios
El Real Decreto 34/2025, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), ha ratificado oficialmente la voluntariedad del cuaderno digital de explotación durante el actual periodo de aplicación de la Política Agrícola Común (PAC) 2023-2027, uno de los logros más importantes que arrancaron las organizaciones agrarias al ministro Luis Planas tras las movilizaciones del pasado año en España y Europa. A pesar de ello, la Asociación Valenciana de Agricultores (AVA-ASAJA) ha criticado que «se mantenga la obligatoriedad a partir de 2026 de registrar electrónicamente los tratamientos fitosanitarios para todos los agricultores, al tratarse de una imposición para la que el sector no está preparado, lo que ha motivado la voluntariedad del cuaderno digital en este nuevo decreto».
En concreto, en aplicación del Reglamento de Ejecución (UE) 2023/564 de la Comisión, de 10 de marzo de 2023, la nueva normativa estipula a partir de su entrada en vigor el 1 de enero de 2026 la obligación del registro electrónico de los tratamientos fitosanitarios para los operadores del ámbito agrario y no agrario. En el caso de los agricultores, «será obligatorio para todos aquellos que tengan el carnet de usuario profesional de productos fitosanitarios, tanto el nivel básico como cualificado». Por este motivo, la organización agraria «insta a Planas a presionar en la Unión Europea para que este reglamento comunitario sea acorde en el tiempo de vigencia y en las excepciones adoptadas para el cuaderno digital».
Tras la presión del sector, el Ministerio de Agricultura ha aprobado en el BOE que «la voluntariedad del cuaderno digital se prolonga a lo largo de este periodo de programación de la PAC 2023-2027. Ello significa que será voluntario en teoría a partir del 1 de enero de 2028, aunque podría establecerse una fecha posterior si vuelven a dilatarse las negociaciones de la PAC tal como sucedió en anteriores reformas».
AVA-ASAJA ha recordado que el cuaderno digital será de obligado cumplimiento, en el siguiente periodo de la PAC, para aquellas explotaciones que tengan una superficie superior a 30 hectáreas, sumando las correspondientes a cultivos permanentes y tierras de cultivo, excluidos los pastos temporales; que tengan más 5 hectáreas de regadío sobre su superficie de cultivos permanentes y tierras de cultivos, excluidos los pastos temporales; y que dispongan de invernaderos con superficie total bajo cubierta superior a 0,1 hectáreas. En el caso de que no cumplan ninguna de las condiciones establecidas en los apartados anteriores, «sólo la parte de la superficie agraria con invernadero deberá estar sujeta al cumplimiento del cuaderno digital».
La organización agraria había solicitado al MAPA, hasta el momento sin respuesta afirmativa, «el carácter permanente de voluntariedad del cuaderno digital para todas las explotaciones, especialmente las pequeñas y medianas que caracterizan la agricultura valenciana». Además, reitera al Gobierno que «aproveche al máximo el tiempo que resta para implantar la digitalización de los registros de las labores agrarias, para acometer un plan formativo a los agricultores, facilitar medios digitales a quienes no pueden disponer de ellos e identificar los organismos oficiales que podrán prestar la cumplimentación del cuaderno digital».