Contratos tipo homologados: una herramienta clave para favorecer la transparencia en la cadena de valor del vino
La Organización Interprofesional del Vino de España (OIVE), en colaboración con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), ha promovido y obtenido la homologación de dos modelos de contrato tipo: uno para la compraventa de uvas con destino a vinificación y otro para la venta de vino. Ambos estarán vigentes desde el 1 de agosto de 2024 hasta el 31 de julio de 2027.
Aunque su uso es voluntario, estos contratos tipo están disponibles para todos los operadores del sector vitivinícola español. Se aplican a cualquier tipología de uva o vino (con o sin DOP/IGP), y permiten que las partes acuerden libremente criterios esenciales como calidad, precio, plazos, trazabilidad o resolución de discrepancias.
Promovidos desde 2015 y homologados inicialmente en 2019 (uvas) y 2020 (vino), estos modelos han evolucionado para alinearse con la normativa más reciente (Ley 12/2013 y Real Decreto 686/2000), garantizando marco legal y operatividad efectiva.
La OIVE recomienda encarecidamente que los operadores del sector adopten estos modelos, dado su impacto positivo en la profesionalización de las transacciones, la transparencia de las operaciones y el fortalecimiento de la cadena de valor.
Asimismo recuerda que no deben confundirse los contratos tipo homologados (Ley 2/2000, de 7 de enero) por el MAPA y de uso voluntario que se ofrecen en esta sección con el Registro Contratos Alimentarios (Real Decreto 1028/2022, de 20 de diciembre) suscritos con los productores primarios y las agrupaciones de estos, cuya inscripción en el registro de contratos alimentarios es de carácter obligatoria.
Los modelos de contrato tipo homologados están disponibles para su descarga en https://interprofesionaldelvino.es

