Nuevas normas para favorecer la nutrición sostenible de los suelos agrarios

El Consejo de ministros ha aprobado a finales de agosto, a propuesta del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), un real decreto que incorpora nuevas normas y la simplificación de algunas medidas del real decreto de nutrición sostenible de los suelos agrarios, de 27 de diciembre de 2022. 

Esta nueva normativa «responde al compromiso del Gobierno de avanzar en la fertilización racional de los cultivos, con el objetivo estratégico de aumentar o mantener la productividad de los suelos agrarios». Al mismo tiempo, pretende «disminuir el impacto ambiental de la aplicación de productos fertilizantes y otras fuentes de nutrientes o materia orgánica, en línea con los objetivos de la estrategia europea ‘De la Granja a la Mesa’».

Tras más de un año de aplicación, la reforma del real decreto de nutrición sostenible de los suelos agrarios «busca facilitar la puesta en marcha de determinados aspectos técnicos, reforzar la coherencia con otras normativas (como la Ley de residuos y suelos contaminados para una economía circular), o disposiciones autonómicas sectoriales y aclarar determinadas disposiciones». Para ello, se han modificado los artículos relativos al cuaderno de explotación, el plan de abonado y sobre el uso de estiércoles y abonos orgánicos.

En concreto, el MAPA ha señalado que «se incluyen ciertos incentivos para el uso del cuaderno digital», ya que no tendrá carácter obligatorio, y se detalla información del plan de abonado que debe incluirse, uno de cuyos aspectos clave es la determinación de la dosis.

Además de incorporar una redacción más clara de las disposiciones relativas a la reducción de la emisión de amoniaco, se tienen en cuenta otras tecnologías que permiten reducir el riesgo de lixiviación (extracción de una sustancia de un material sólido). Asimismo, «se flexibilizan las obligaciones relacionadas con el uso de estiércoles, abonos y otros materiales orgánicos, se añaden nuevos residuos a la lista de aquellos que son admitidos y se modifican sus requisitos, en consonancia con el mercado y los criterios de seguridad y eficacia agronómica».

Al respecto, destaca la ampliación de 5 a 10 días del plazo en el que se permite el apilamiento de estiércol, que puede llegar a 20 días en el caso de que el material esté compostado o digerido. También se amplía el plazo para el enterrado de estiércoles y otros materiales orgánicos, que pasa a 24 horas. Estas dos últimas cuestiones forman parte de las 43 medidas aprobadas por el Gobierno de apoyo al sector agrario para mejorar la situación de agricultores y ganaderos, acordadas con las organizaciones Unión de Pequeños Agricultores y Ganaderos (UPA) y Unión de Uniones de Agricultores y Ganaderos.

Publicidad

Newsletter

Suscríbete a nuestra Newsletter

Ejemplar gratuito


Entra en el Kiosco para accecer a tus suscripciones, descargar revistas en abierto, comprar ejemplares, ...

Publicaciones recomendadas

Colaboramos con: