Seguirán trabajando todas las personas relacionadas con la cadena agroalimentaria

El Consejo de Ministros extraordinario celebrado el domingo 29 de marzo ha aprobado el Real Decreto-ley 10/2020 por el que se regula un permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19. Según figura en esta normativa no entrarían dentro de este ámbito todos los trabajadores relacionados de una manera u otra con la cadena agroalimentaria, ya sea produciendo alimentos, vendiéndolos o distribuyéndolos, además de todo el material necesario para poder desarrollar esta tarea.

Así, en el punto 2 del Anexo del Real Decreto-ley, publicado en el BOE del 29 de marzo, en el que se indica las personas trabajadoras que no serán objeto de aplicación del permiso retribuido se señala «las que trabajan en las actividades que participan en la cadena de abastecimiento del mercado y en el funcionamiento de los servicios de los centros de producción de bienes y servicios de primera necesidad, incluyendo alimentos, bebidas, alimentación animal, productos higiénicos, medicamentos, productos sanitarios o cualquier producto necesario para la protección de la salud, permitiendo la distribución de los mismos desde el origen hasta el destino final».

En el punto 5, «aquellas imprescindibles para el mantenimiento de las actividades productivas de la industria manufacturera que ofrecen los suministros, equipos y materiales necesarios para el correcto desarrollo de las actividades esenciales recogidas en este anexo».

Y en el 6, «las que realizan los servicios de transporte, tanto de personas como de mercancías, que se continúen desarrollando desde la declaración del estado de alarma, así como de aquéllas que deban asegurar el mantenimiento de los medios empleados para ello, al amparo de la normativa aprobada por la autoridad competente y las autoridades competentes delegadas desde la declaración del estado de alarma».

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